Universidad del Cauca
mi cuentatablerodirectorioclasificadosftpgruposbibliotecaweb personales

Nuevo Edificio de la Facultad
Profesores de la Facultad


Mapa del sitio
Contactenos
Derechos reservados
Inicio > Academia > Facultades > F.C.C.E.A > Guillermo A Cuéllar M >
 
  • 100-199 Asuntos Introductorios

  • 300-399 Planeación

  • 400-499 Control Interno  

  • 500-599 Evidencia de Auditoría

  • 600-699 Uso del Trabajo de Otros

  • 700-799 Conclusiones y Dictamen  

  • 800-899 Áreas Especializadas

  • 900-999 Servicios Relacionados

  • 1000-1100 Declaraciones Internacionales  

  • Lecturas de Auditoría

    Normas Internacionales de  Auditoría*

     Responsabilidades

    250.  CONSIDERACIÓN DE LEYES Y REGULACIONES EN UNA AUDITORÍA DE ESTADOS FINANCIEROS

     

    Introducción

     

    El propósito de esta Norma Internacional de Auditoría es establecer normas y proporcionar lineamientos sobre la responsabilidad del auditor de considerar las leyes y regulaciones en una auditoría de estados financieros.

     

    Cuando planea y desarrolla procedimientos de auditoría y cuando evalúa y reporta los resultados consecuentes, el auditor deberá reconocer que el incumplimiento por parte de la entidad con leyes y regulaciones puede afectar substancialmente a los estados financieros. Sin embargo, no puede esperarse que una auditoría detecte incumplimiento con todas las leyes y reglamentos. La detección de incumplimiento, sin considerar la importancia relativa, requiere consideración de las implicaciones para la integridad de la administración o empleados y el posible efecto en otros aspectos de la auditoría.

     

    Esta Norma Internacional de Auditoría aplica a las auditorías de estados financieros y no aplica a otros trabajos en los que el auditor se comprometa específicamente a poner a prueba y reportar por separado sobre el cumplimiento con leyes o regulaciones específicas.

     

    Responsabilidad de la administración del cumplimiento con leyes y regulaciones

     

    Es responsabilidad de la administración asegurar que las operaciones de la entidad se conducen de acuerdo con las leyes y regulaciones. La responsabilidad por la prevención y detención de incumplimiento descansa en la administración.

     

    Consideración del auditor del cumplimiento con leyes y regulaciones

     

    El auditor no es, y no puede ser considerado, responsable de prevenir el incumplimiento. El hecho de que se lleve a cabo una auditoría anual puede, sin embargo, actuar como una fuerza disuasiva o freno.

     

    Una auditoría está sujeta al inevitable riesgo de que algunas manifestaciones erróneas que afecten significativamente los estados financieros no sean detectadas, aún cuando la auditoría esté planeada y desarrollada adecuadamente de acuerdo con las Normas Internacionales de Auditoría. Este riesgo es más alto respecto de manifestaciones erróneas importantes resultantes de incumplimiento con leyes y regulaciones debido a factores como:

     

    Ø       Hay muchas leyes y reglamentos, que se refieren principalmente a los aspectos de operación de la entidad, que típicamente no tienen un efecto importante sobre los estados financieros y no son capturadas por los sistemas de contabilidad y de control interno.

     

    Ø       La efectividad de los procedimientos de auditoría es afectada por las limitaciones inherentes de los sistemas de contabilidad y de control interno por el uso de comprobaciones.

     

    Ø       Mucha de la evidencia obtenida por el auditor es de naturaleza persuasiva y no definitiva.

     

    Ø       El incumplimiento puede implicar conducta que tiene la intención de ocultarlo, como colusión, falsificación, falta deliberada de registro de transacciones, el que la administración exceda los controles, o manifestaciones erróneas intencionales hechas al auditor.

     

    De acuerdo con la Norma Internacional de Auditoría “Objetivo y Principios Generales que Rigen una Auditoría de Estados Financieros “, el auditor deberá planear y desarrollar la auditoría con una actitud de escepticismo profesional reconociendo que la auditoría puede revelar condiciones o eventos que llevarían a preguntarse si una entidad está cumpliendo con las leyes y reglamentos.

     

    Para planear la auditoría, el auditor deberá obtener una comprensión general del marco de referencia legal y regulador aplicable a la entidad y la industria y cómo la entidad está cumpliendo con dicho marco de referencia.

     

    Después de obtener la comprensión general, el auditor deberá desempeñar procedimientos para ayudar a identificar casos de incumplimiento con aquellas leyes y regulaciones en donde debe considerarse el incumplimiento al preparar los estados financieros, específicamente:

     

    -   Averiguar con la administración si la entidad está en cumplimiento con dichas leyes y reglamentos.

     

    -   Inspeccionar correspondencia con las principales autoridades que otorgan licencias o imponen reglamentos.

     

    Más aún, el auditor deberá obtener evidencia suficiente y apropiada en la auditoría sobre el cumplimiento con aquellas leyes y regulaciones que el auditor generalmente reconoce que tienen un efecto sobre la determinación de montos importantes y revelaciones en los estados financieros. El auditor debería tener una suficiente comprensión de estas leyes y regulaciones para considerarlas cuando audita las afirmaciones relacionadas con la determinación de montos que van a ser registrados y las revelaciones que van a ser hechas.

     

    El auditor deberá estar alerta al hecho de que los procedimientos aplicados con el propósito de formarse una opinión sobre los estados financieros pueden traer a la atención del auditor casos de posible incumplimiento con leyes y regulaciones. Por ejemplo, dichos procedimientos incluyen la lectura de minutas; averiguaciones con la administración de la entidad y asesores legales respecto de litigios, demandas y avalúos; y llevar a cabo pruebas sustantivas de detalles de transacciones o balances.

     

    El auditor debería obtener manifestaciones escritas de que la administración ha revelado al auditor todos los incumplimientos reales o posibles conocidos con las leyes y regulaciones cuyos efectos deberían considerarse al preparar los estados financieros.

     

    En ausencia de evidencia en contrario, el auditor tiene derecho a asumir que la entidad está en cumplimiento con estas leyes y regulaciones.

     

    Procedimientos cuando se descubre incumplimiento

     

    Cuando el auditor se da cuenta de información concerniente a un posible caso de incumplimiento,  debería obtener una comprensión de la naturaleza del acto y las circunstancias en las que ha ocurrido, y otra  información suficiente para evaluar el posible efecto sobre los estados financieros.

     

    Cuando el auditor cree que puede haber incumplimiento, debería documentar los resultados y discutirlos con la administración. La documentación de resultados incluye copias de registros y documentos y la elaboración de minutas de las conversaciones, si fuera apropiado.

     

    Cuando no puede obtener información adecuada sobre el incumplimiento sospechado, el auditor deberá considerar el efecto de la falta de evidencia en la auditoría sobre el dictamen del auditor.

     

    El auditor debería considerar las implicaciones de incumplimiento en relación con otros aspectos de la auditoría, particularmente la confiabilidad de las manifestaciones de la administración. A este respecto, el auditor reconsidera la evaluación del riesgo y la validez de las manifestaciones de la administración, en caso de incumplimiento no detectado por los controles internos o no incluido en las representaciones de la administración. Las implicaciones de casos particulares de incumplimiento descubiertos por el auditor dependerán de la relación de la perpetración y ocultamiento, si los hay, del acto con los procedimientos específicos de control y el nivel de la administración o empleados involucrados.

     

    Informe de Incumplimiento

     

    A la administración

     

    El auditor debería, tan pronto sea factible, ya sea comunicarse con el comité de auditoría, el consejo de directores y ejecutivos, y obtener evidencia de que están apropiadamente informados, respecto del incumplimiento que llamó la atención del auditor. Sin embargo, el auditor no necesita hacerlo así para asuntos que son insignificativos o triviales y puede llegar a un acuerdo por adelantado sobre la naturaleza de los asuntos que deberán comunicarse.

     

    Si a juicio del auditor se cree que el incumplimiento es intencional e importante, el auditor debería comunicar el resultado sin demora.

     

    Si el auditor sospecha que miembros de la administración, incluyendo miembros del consejo de directores, están involucrados en el incumplimiento, el auditor deberá comunicar el asunto al nivel superior inmediato de autoridad en la entidad, si existe, como un comité de auditoría o junta directiva. Donde no exista autoridad más alta, o si el auditor cree que puede no tomarse acción sobre el hecho o está inseguro sobre a cual persona informarle, el auditor considerará buscar asesoría legal.

     

    A los usuarios del dictamen del auditor sobre los estados financieros

     

    Si el auditor concluye que el incumplimiento tiene un efecto sustancial sobre los estados financieros, y no ha sido apropiadamente reflejado en los estados financieros, el auditor debería expresar una opinión con salvedad o una opinión adversa.

     

    Si el auditor es impedido por la entidad de obtener suficiente evidencia apropiada de auditoría para evaluar si ha ocurrido o es probable que ocurra incumplimiento que afecte substancialmente los estados financieros, el auditor debería expresar una opinión con salvedad o una abstención de opinión sobre los estados financieros basado en una limitación al alcance de la auditoría.

     

    Si no le es posible al auditor determinar si ha ocurrido incumplimiento a causa de las limitaciones impuestas por las circunstancias y no por la entidad, el auditor deberá considerar el efecto sobre el dictamen del auditor.

     

    A las autoridades reguladoras y ejecutorias

     

    El deber de confidencialidad del auditor normalmente le imposibilitaría reportar incumplimiento a una tercera parte, Sin embargo, en algunas circunstancias, ese deber de confidencialidad es sobrepasado por estatutos, la ley o por las cortes de justicia (por ejemplo, en algunos países se requiere al auditor que reporte incumplimiento de las instituciones financieras a las autoridades supervisoras). El auditor puede necesitar buscar asesoría legal en tales circunstancias, dando debida consideración a la responsabilidad del auditor hacia el interés público.

     

    Retiro del trabajo

     

    El auditor puede concluir que el retiro del trabajo es necesario cuando la entidad no toma acciones correctivas que el auditor considera necesarias en las circunstancias, aún cuando el incumplimiento no afecte substancialmente los estados financieros. Los factores que afectarían la conclusión del auditor incluyen las implicaciones del involucramiento de la más alta autoridad dentro de la entidad que pueden afectar la confiabilidad de las manifestaciones de la administración, y los efectos sobre el auditor respecto de continuar la asociación con la entidad. Para llegar a esta conclusión, el auditor normalmente buscaría asesoría legal.

    * Los principios básicos y procedimientos esenciales de las Normas Internacionales de Auditoría se identifican en negrilla


    Vicerrectoría Académica
    Facultades
    Admisiones y Registro
    Acreditacion
    Biblioteca


    Universidad Investigación Portafolio
    Academia Cultura y bienestar De Interés

    + Información General + Proyecto Educativo + Consejo superior
    + Rectoría + Vicerrectoría administrativa + Fundación de apoyo
    + Salud Ocupacional
    + Vicerrectoría Académica + Facultades + Biblioteca
    + Admisiones y Registro + Acreditación
    + Información General + Convocatorias + Programas de apoyo
    + Proyectos + Grupos + Boletín Vri
    + Intravri + De interés
    + Información General + Salud integral + Deporte y recreación
    + Sistema de Cultura y Bienestar + Comunicaciones + Egresados
    + Fondo de Empleados + Patrimonio cultural
    + Columna Universitaria + Libros + Actas
    + Noticias + Convocatorias + Resoluciones
    + Eventos + Comunicados + Reglamentos
    + Publicaciones Periódicas + Acuerdos + Trámites

     

     

    Copyright © Universidad del Cauca
    Santo Domingo : Calle 5 No. 4-70 - Tel. (+57 2) 820 9900
    Sector Tulcan : (+57 2) 820 9800
    http://www.ucauca.edu.co/contactenos.php?mailto=internet@unicauca.edu.co
    Popayán (Cauca) - Colombia