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  • Lecturas de Auditoría

    Normas Internacionales de  Auditoría *

    Declaraciones Internacionales de Auditoría

     

    1005. CONSIDERACIONES ESPECIALES EN LA AUDITORÍA DE ENTIDADES PEQUEÑAS

     

    Introducción

     

    Las Normas Internacionales de Auditoría (NIAs) contienen principios básicos y procedimientos esenciales junto con lineamientos relacionados que se aplican a la auditoría de los estados financieros de cualquier entidad, independientemente de su tamaño, su forma legal, estructura de propiedad o administración, o la naturaleza de sus actividades. El IAPC (Internacional Auditing Practices Comité) reconoce que las entidades pequeñas dan origen a un número de consideraciones especiales de auditoría. Esta DIPA (Declaración Internacional de Prácticas de Auditoría) no establece ningún nuevo requisito para la auditoría de entidades pequeñas ni establece ninguna exención de los requisitos de las NIAs. Todas las auditorías de las entidades pequeñas se han de conducir de acuerdo con las NIAs.

     

    El objetivo de esta DIPA es describir las características comúnmente encontradas en las entidades pequeñas e indicar cómo pueden afectar a la aplicación de las NIAs. Esta DIPA incluye:

     

    (a)              Discusión de las características de las entidades pequeñas.

     

    (b)              Lineamientos sobre la aplicación de NIAs a la auditoría de las entidades pequeñas.

     

    (c)              Lineamientos sobre el impacto en el trabajo del auditor cuando el auditor también proporciona servicios contables a la entidad pequeña.

     

    La provisión de servicios contables por los auditores está prohibida por la ley en algunas jurisdicciones. En otras, la provisión de servicios contables por los auditores se permite tanto por ley como por la ética profesional.  Esta DIPA trata de los factores especiales que deben tomarse en cuenta por los auditores que también proporcionan servicios contables a las entidades pequeñas.

     

    Al determinar la naturaleza y extensión de los lineamientos proporcionados en esta DIPA, el IAPC ha tenido como objetivo proporcionar un nivel de lineamien­tos que sean de aplicabilidad general a todas las auditorías de las entidades pequeñas y que ayuden al auditor a ejercer su juicio profesional con respecto a la aplicación de las NIAs. Sin embargo, no se han proporcionado lineamientos detallados de naturaleza procesal, ya que la emisión de tales lineamientos puede menoscabar el ejercicio apropiado del juicio profesional en la auditoría.

     

    Las características de las entidades pequeñas

     

    El auditor de cualquier entidad adapta el enfoque de auditoría a las circunstancias de la entidad y del trabajo. La auditoría de una entidad pequeña difiere de la auditoría de una entidad grande, ya que la documentación puede ser poco sofisticada y las auditorías de las entidades pequeñas ordinariamente son menos complejas, pudiendo desarrollarse usando menos asistentes.

     

    En este contexto, el significado de entidad pequeña da consideración no sólo al tamaño de una entidad sino también a sus características cualitativas típicas. Los indicadores cuantitativos del tamaño de una entidad pueden incluir los totales de las hojas de balance, los ingresos y el número de empleados, pero dichos indicadores no son definitivos. Por lo tanto, no es posible dar una definición adecuada de una entidad pequeña solamente en términos cuantitativos.

     

    Para los fines de esta DIPA, una entidad pequeña es cualquier entidad en la que:

     

    (a)    Haya una concentración de propiedad y administración en un número pequeño de individuos (a menudo un solo individuo).

     

    (b)    Se encuentra también uno o más de los siguientes:

     

    ·         Pocas fuentes de ingresos.

     

    ·         Sistemas de registros no sofisticados.

     

    ·         Controles internos limitados junto con el potencial de que la adminis­tración sobrepase los controles.

     

    Las características cualitativas antes descritas no son exhaustivas, no son exclu­sivas de las entidades pequeñas y las entidades pequeñas no muestran necesaria­mente todas esas características. Para los fines de esta DIPA, las entidades pequeñas ordinariamente mostrarán la característica (a), y una o más de las características incluidas en (b).

     

    Concentración de propiedad y administración

     

    Las entidades pequeñas de negocios ordinariamente tienen pocos dueños; a menudo hay un solo propietario. El dueño puede emplear a un gerente para dirigir la entidad pero en la mayoría de los casos está implicado directamente en el manejo de la entidad en una base diaria. De igual modo, en el caso de las organizaciones pequeñas no lucrativas y de las entidades del sector público, aunque hay a menudo varios individuos a cargo de la responsabilidad formal por la entidad, puede haber pocas personas implicadas en el manejo de la entidad en una base diaria.

     

    Esta DIPA usa el término propietario-administrador para indicar a los propietarios de entidades que están implicados en el manejo de la entidad en una base diaria. Cuando los propietarios no están implicados en una base diaria, el término propietario-administrador se usa para referirse tanto a los propietarios como a cualquier administrador contratado para dirigir la entidad.

     

    Pocas fuentes de ingresos

     

    Las entidades pequeñas a menudo tienen una gama limitada de productos o servicios y operan desde una locación única o de un número limitado de locaciones. Tales características pueden hacer más fácil al auditor adquirir, registrar y mantener un conocimiento de la entidad de lo que sería el caso para una entidad mayor. En tales circunstancias, puede ser directa la aplicación de una amplia gama de procedimientos de auditoría. Por ejemplo, pueden elaborarse a veces modelos predecibles efectivos para uso en los procedimientos analíticos. Los proce­dimientos analíticos pueden brindar evidencia útil, reduciendo a veces la necesidad de otros procedimientos sustantivos. Además, en muchas entidades pequeñas, el volumen de transacciones contables es a menudo pequeño y fácilmente analizable.

     

    Sistemas de registros no sofisticados

     

    Las entidades pequeñas necesitan llevar suficientes registros contables para cumplir con cualesquiera requisitos estatutarios o reglamentarios y para satisfacer las necesidades de la entidad, incluyendo la preparación y auditoría de los estados financieros. Por lo tanto, el sistema de contabilidad necesita diseñarse de manera tal que proporcione una certeza razonable de que:

     

    (a)    Todas las transacciones y otra información contable que debieran haber sido registradas han sido de veras registradas.

     

    (b)    Los activos y pasivos registrados en el sistema de contabilidad existen y están registrados por los montos correctos.

     

    (c)    Se detectará el fraude o error al procesar la información contable.

     

    La mayoría de las entidades pequeñas emplean poco, si acaso alguno, personal que esté encargado únicamente de llevar registros. Consecuentemente las funcio­nes de teneduría de libros y de registros contables a menudo no son sofisticadas. El sistema de registros puede ser no sofisticado o malo, lo que da como resultado un mayor riesgo de que los estados financieros puedan ser inexactos o incompletos. Muchas entidades pequeñas contratan externamente parte o todo su sistema de registros.

     

    Las entidades pequeñas a menudo encuentran conveniente usar paquetes de marca de software de contabilidad diseñados para uso en una computadora personal. Muchos de estos paquetes han sido ampliamente probados y acredita­dos y si se seleccionan e instalan con cuidado, pueden proporcionar una base razonable para un sistema de contabilidad confiable y efectivo en cuanto a costo.

     

    Controles internos limitados

     

    Las consideraciones de tamaño y económicas en las pequeñas entidades signifi­can que los controles internos sofisticados a menudo no son necesarios ni deseables, y el hecho de que haya pocos empleados limita el grado al cual sea factible la segregación de funciones. Sin embargo, para áreas clave, aun en la entidad muy pequeña, puede ser práctico establecer algún grado de segregación de funciones u otra forma de controles no sofisticados pero efectivos. Los controles de supervisión ejercidos en una base diaria por el propietario-adminis­trador pueden también tener un importante efecto beneficioso en cuanto a que el propietario-administrador tiene un interés personal en salvaguardar los activos de la entidad, en medir su desempeño y en controlar sus actividades.

     

    El propietario-administrador ocupa una posición dominante en una entidad pequeña. El control directo del propietario-administrador sobre todas las decisio­nes, y la capacidad para intervenir personalmente en cualquier momento para asegurar una respuesta apropiada a las circunstancias cambiantes, a menudo son características importantes de la administración de las entidades pequeñas. El ejercicio de este control puede también compensar, de algún otro modo, los procedimientos débiles de control interno. Por ejemplo, en casos donde hay limitada segregación de funciones en el área de compras y desembolsos de efectivo, el control interno se mejora cuando el propietario-administrador personalmente firma todos los cheques. Cuando el propietario-administrador no está implicado, hay un mayor riesgo de que ocurra fraude o error de los empleados y que no sea detectado.

     

    Mientras que una falta de sofisticación de los controles internos no indica en sí misma un alto riesgo de fraude o error, puede abusarse de la posición dominante de propietario-administrador: el que la administración sobrepase los controles puede tener un efecto adverso importante en el ambiente de control de cualquier entidad, llevando a un riesgo incrementado de fraude de la administración o de errores importantes en los estados financieros. Por ejemplo, el propietario-admi­nistrador puede dirigir al personal a que haga desembolsos que de otro modo no harían en ausencia de una documentación de apoyo.

     

    El impacto en la auditoría del propietario-administrador y potencial para que la administración sobrepase los controles internos depende en alto grado de la integridad, actitud y motivos del propietario-administrador. Como en cualquier otra auditoría, el auditor de una entidad pequeña ejerce un escepticismo profesional. El auditor no supone que el propietario-administrador sea deshonesto ni que tenga una honestidad incuestionable. Este es un factor importante a conside­rar por el auditor cuando evalúa el riesgo de auditoría, planea la naturaleza, así como la extensión del trabajo de auditoría, evalúa la evidencia de auditoría y evalúa la confiabilidad de las representaciones de la administración.

     

    Comentario sobre la aplicación de las Normas Internacionales de Auditoría

     

    El comentario siguiente proporciona lineamientos sobre la aplicación de NIAs a la auditoría de una entidad pequeña. Estos lineamientos son un suplemento a, y no un sustituto de los lineamientos contenidos en la NIA relevante, tomando en cuenta las consideraciones especiales relevantes a la auditoría de las entidades pequeñas. Para los requisitos específicos de las NIAs, el auditor se refiere a la NIA en cuestión. Cuando una NIA sea, en principio, aplicable a la auditoría de los estados financieros de entidades pequeñas y no haya consideraciones espe­ciales aplicables a la auditoría de una entidad pequeña, no se dan lineamientos respecto de esa NIA.

     

    La declaración presenta comentarios sobre la aplicación de las siguientes NIAs para la auditoría de una entidad pequeña:

     

    NIA 210: Términos de los trabajos de auditoría

     

    NIA 220: Control de calidad para el trabajo de auditoría

     
    NIA 230: Documentación

     

    NIA 240: Fraude y error

     

    NIA 250: Consideración de leyes y reglamentos en una auditoría de estados financieros

     

    NIA 300: Planeación

     

    NIA 310: Conocimiento del negocio

     

    NIA 320: importancia relativa de la auditoría

     

    NIA 400: Evaluaciones del riesgo y control interno

     

    NIA 401: Auditoría en un ambiente de sistemas de información computarizado

     

    NIA 500: Evidencia de auditoría

     

    NIA 520: Procedimientos analíticos

     

    NIA 530: Muestreo en la auditoría y otros procedimientos de pruebas selectivas

     

    NIA 550: Partes relacionadas

     

    NIA 560: Hechos posteriores

     

    NIA 570: Negocio en marcha

     

    NIA 580: Representaciones de la administración

     

    NIA 700: El dictamen del auditor sobre los estados financieros

     

    NIA 720: Otra información en documentos que contienen estados financieros auditados

     

    * Los principios básicos y procedimientos esenciales de las Normas Internacionales de Auditoría se identifican en negrilla

     


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