510. TRABAJOS INICIALES – BALANCES DE APERTURA
Introducción
El propósito de
esta Norma Internacional de Auditoría (NIA) es establecer normas y
proporcionar lineamientos respecto de los saldos de apertura
cuando los estados financieros son auditados por primera vez o
cuando los estados financieros del período anterior fueron
auditados por otro auditor. Esta NIA debería también considerarse
de modo que el auditor se haga consciente de las contingencias y
compromisos existentes al principio del período. Las guías de
auditoría y requerimientos de información relacionados con
comparativas se proporcionan en NIA 710.
Para
trabajos de auditoría iniciales, el auditor deberá obtener
evidencia suficiente apropiada de auditoría de que:
a.
Los saldos de apertura no contengan representaciones erróneas que
de manera importante afecten los estados financieros del período
actual;
b.
los saldos de cierre del período anterior han sido pasados
correctamente al período actual o, cuando sea apropiado, han sido
reexpresados; y
c.
las políticas contables apropiadas son aplicadas consistentemente o
que los cambios en políticas contables han sido contabilizados en
forma apropiada y revelados en forma adecuada.
“Saldos de apertura” significan aquellos saldos de cuenta que
existen al principio del período. Los saldos de apertura se basan
en los saldos de cierre del período anterior y reflejan los
efectos de:
a)
transacciones de períodos anteriores; y
b)
políticas
contables aplicadas en el periodo anterior.
En un trabajo inicial de auditoría, el auditor no habrá obtenido
previamente evidencia de auditoría que soporte dichos saldos de
apertura.
Procedimientos de auditoría
La suficiencia y propiedad de la evidencia de auditoría que el
auditor necesitará obtener respecto de los saldos de apertura
depende de asuntos como:
·
Las
políticas contables seguidas por la entidad.
·
Si
los estados financieros del período anterior fueron auditados, y
de ser así, si el dictamen del auditor fue modificado
.
·
La
naturaleza de las cuentas y el riesgo de representaciones erróneas
en los estados financieros
·
La
importancia relativa de los saldos de apertura en relación con los
estados financieros del período actual.
El auditor necesitará considerar si los saldos de apertura
reflejan la aplicación de políticas contables apropiadas y que
esas políticas son aplicadas consistentemente en los estados
financieros del período actual. Cuando hay cualquier cambio en las
políticas contables o, consecuentemente, su aplicación, el auditor
deberá considerar si son apropiados y contabilizados en forma
debida y revelados adecuadamente.
Cuando los estados financieros del período anterior han sido
auditados por otro auditor, el auditor actual podría obtener
evidencia suficiente apropiada de auditoría respecto de los saldos
de apertura al revisar los papeles de trabajo del auditor
antecesor. En estas circunstancias, el auditor actual también
consideraría la competencia profesional e independencia del
auditor antecesor. Si el dictamen del auditor del período anterior
fue modificado, el auditor deberá prestar especial atención en el
período actual al asunto que dio lugar a la modificación.
Cuando los estados
financieros del período anterior no han sido auditados o cuando el
auditor no puede estar satisfecho con el uso de los procedimientos
descritos en el párrafo anterior, el auditor necesitará
desarrollar otros procedimientos como los discutidos en los dos
párrafos siguientes.
Para activos y
pasivos corrientes ordinariamente puede obtenerse alguna evidencia
como parte de los procedimientos de la auditoría del período
actual. Por ejemplo, el cobro (pago) de saldos de apertura de
cuentas por cobrar (cuentas por pagar) durante el período actual
proporcionará alguna evidencia de auditoría de su existencia,
derechos y obligaciones, integridad y valuación al principio del
período. En el caso de inventarios, sin embargo, es más difícil
para el auditor estar satisfecho respecto del inventario en
existencia al principio del período. Por lo tanto, ordinariamente
son necesarios procedimientos adicionales tales como observar una
toma actual de inventario físico y conciliarlo con las cantidades
del inventario de apertura, comprobando la valuación de las
partidas del inventario de apertura, y comprobando la utilidad
bruta y el corte. Una combinación de estos procedimientos puede
proporcionar suficiente evidencia apropiada de auditoría.
Para activos y
pasivos no corrientes, como activos fijos, inversiones y deuda a
largo plazo, el auditor ordinariamente deberá examinar los
registros subyacentes a los saldos de apertura. En ciertos casos,
el auditor quizá pueda obtener confirmación de los saldos de
apertura con terceros, por ejemplo, para deudas e inversiones a
largo plazo. En otros casos, el auditor puede aplicar
procedimientos de auditoría adicionales.
Conclusiones de auditoría y dictámenes
Si,
después de aplicar los procedimientos incluyendo los expuestos
arriba, el auditor no puede obtener evidencia suficiente apropiada
de auditoría concerniente a los saldos de apertura, el dictamen
del auditor debería incluir:
(a)
una opinión calificada, por
ejemplo:
“No
observamos el conteo del inventario físico declarado en $xxx al
31 de Diciembre de 19XX, ya que dicha fecha fue anterior a
nuestro nombramiento como auditores. No pudimos satisfacernos
respecto de las cantidades y monto del inventario en esa fecha por
otros procedimientos de auditoría.
En nuestra
opinión, excepto por los efectos de aquellos ajustes, si los
hubiere, que pudieran haber sido necesarios si hubiéramos podido
observar el conteo del inventario físico y quedar satisfechos
respecto del saldo de apertura del inventario, los estados
financieros presentan razonablemente, en todos los aspectos
importantes, la situación financiera de la Compañía X al 31 de
Diciembre de 19XX , los resultados de sus operaciones y sus flujos
de efectivo para el año que terminó en esa fecha, de conformidad
con principios de contabilidad generalmente aceptados.
(b) una abstención de opinión; o
(c) en aquellas jurisdicciones donde sea permitido, una opinión que
sea calificada o de abstención respecto de los resultados de
operaciones y no calificada respecto de la posición financiera,
por
ejemplo:
"No
observamos el conteo del inventario físico declarado en $xxx al 31
de diciembre de 19XX, ya que esa fecha fue anterior a nuestro
nombramiento como auditores. No pudimos satisfacernos respecto de
las cantidades y monto del inventario en esa fecha por otros
procedimientos de auditoría.
Debido a la
importancia de este asunto en relación con el estado de resultados
de la Compañía para el año terminado el 31 de Diciembre de 19XX,
no estamos en posición de expresar, y no lo hacemos, una opinión
sobre los estados de resultados y de flujos de efectivo para el
año terminado en esa fecha.
En nuestra
opinión, el balance general presenta razonablemente, en todos los
aspectos importantes la situación financiera de la Compañía al 31
de diciembre de 19XX, de conformidad con principios de
contabilidad generalmente aceptados.
Si los saldos de
apertura contienen representaciones erróneas que pudieran afectar
de manera importante los estados financieros del período actual,
el auditor debería informar a la administración y, después de
haber obtenido la autorización de la administración, al auditor
antecesor, si lo hay. Si el efecto de
la representación errónea no está contabilizado en forma apropiada
y revelado en forma adecuada, el auditor deberá expresar una
opinión calificada o una opinión adversa, según sea apropiado.
Si
las políticas contables del período actual no han sido aplicadas
consistentemente en relación con los saldos de apertura y si el
cambio no ha sido contabilizado en forma apropiada y revelado en
forma adecuada, el auditor deberá expresar una opinión calificada
o una opinión adversa, según sea apropiado.
Si el dictamen del auditor del período anterior de la entidad fue
con salvedades, el auditor deberá considerar el efecto consecuente
sobre los estados financieros del período actual. Por ejemplo, si
hubo una limitación al alcance, como la debida a la incapacidad de
determinar el inventario de apertura en el período anterior, el
auditor puede no necesitar calificar o abstenerse de opinar sobre
el periodo actual. Sin embargo, si
una salvedad respecto de los estados financieros del periodo
anterior sigue siendo relevante o importante para los estados
financieros del periodo actual, el auditor deberá repetir la
salvedad en el dictamen del período actual.
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