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5.12 CONDUCTA ÉTICA

El Contador Público no debe de realizar ningún acto ya sea público o privado que pueda afectar negativamente la buena reputación de la profesión.  Siempre debe tener en cuenta la función social que cumple, por lo cual la sociedad le demanda una conducta intachable en lo privado y lo público.

 

El auditor no sólo debe parecer independiente ante los demás, sino que todas sus actuaciones deben poseer un aura de eticidad que lo haga digno depositario de la confianza que la Sociedad le ha hecho merecedor.

 

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