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10.7UNIDAD DE MEDIDA

Para Colombia, el patrón de medida en el aspecto económico y financiero es el peso, por tanto la unidad monetaria utilizada para presentación de los estados financieros y cualquier información de aspecto económico que se relacione con estos.

 

Unidad de medida. Los diferentes recursos y hechos económicos deben reconocerse en una misma unidad de medida. Por regla general se debe utilizar como unidad de medida la moneda funcional. La moneda funcional es el signo monetario del medio económico en el cual el ente principalmente obtiene y usa efectivo. [Dec. 2649, 8° ]

 

Los estados financieros deben presentarse basados  en que la denominación monetaria vigente en el país, es la unidad de medición.  El uso del dinero como unidad de medida lleva implícita la suposición de que la moneda representa una unidad contable de valor.  Basado en su aceptación de la moneda como unidad de medida, el Contador combina libremente las mediciones en pesos de las transacciones económicas  ocurridas  en  diferentes épocas durante la vida de una entidad contable.

 

Desafortunadamente la moneda no representa una unidad estable de valor; a pesar de esto los Contadores continúan suponiendo que el valor del peso es estable, suposición irreal que constituye una de las causas para que algunos consideren los estados financieros como informes desconcertantes y alejados de la realidad.

 

Así en los últimos años se ha prestado mucha atención a la conveniencia de reestructurar la información contable de manera tal que refleje el valor cambiante de la moneda y permita la preparación de estados financieros que reflejen el cambio del poder adquisitivo del peso.  Esto se ha pretendido subsanar con decretos tributarios, los cuales exigen a partir de 1992 ajustes integrales por inflación de los Estados Financieros, pero que en la realidad no respondieron a la expectativa creada, empezando por el hecho de que la contabilidad no debe ser modificada por la legislación de tipo fiscal, pues como se decía en el análisis del principio de esencia sobre forma, la realidad fiscal del estado nunca es la realidad económica de las empresas.

 

Sin embargo la legislación contable ya citada establece una nueva norma básica denominada Valuación o Medición, la cual se encuentra estrechamente relacionada con la de unidad de medida siendo su texto el siguiente:

 

Tanto los recursos como los hechos económicos que los afecten deben ser apropiadamente cuantificados en términos de la unidad de medida.  Con sujeción a las normas técnicas, son criterios de medición aceptados el valor histórico, el valor actual, el valor de realización y el valor presente. Valor o costo histórico es el que representa el importe original consumido u obtenido en efectivo, o su equivalente, en el momento de realización de un hecho económico. Con arreglo a lo previsto en este decreto, dicho importe debe ser reexpresado para reconocer el efecto ocasionado por las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda.  Valor actual o de reposición es el que representa el importe en efectivo, o en su equivalente, que se consumiría para reponer un activo o se requeriría para liquidar una obligación, en el momento actual. Valor de realización o de mercado es el que representa el importe en efectivo, o en su equivalente, en que se espera sea convertido un activo o liquidado un pasivo, en el curso normal de los negocios.   Se entiendo por valor neto de realización el que resulta de deducir del valor de mercado los gastos directamente imputables a la conversión del activo o a la liquidación del pasivo, tales como comisiones, impuestos, transporte y empaque.  Valor presente o descontado es el que representa el importe actual de las entradas o salidas netas de efectivo, o su equivalente, que generaría un activo o un pasivo, una vez hecho el descuento de su valor futuro a una tasa pactada o a falta de ésta, a la tasa efectiva promedio de captación de los bancos y corporaciones financieras para la expedición de certificados de depósito a termino con un plazo de 90 días (DTF), la cual es certificada periódicamente por el Banco de la República. [De. 2649, 8° ]

 

El hecho que la nueva legislación sobre los principios de contabilidad de general aceptación defina claramente los criterios de medición aceptados, representa un gran avance en el desarrollo de la contabilidad en Colombia, pues al aplicarse los mismos, se logrará algo que ha sido muy esquivo: la presentación de estados financieros más cercanos a la realidad económica de las empresas. 

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