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10.10 CAUSACIÓN CONTABLE O REALIZACIÓN

La contabilidad solo puede medir los hechos económicos que se hayan efectivamente causados o realizados. Las transacciones y operaciones económicas se consideran contablemente causadas o realizadas cuando se efectúan operaciones o eventos internos o externos, que impliquen la adquisición de obligaciones y derechos así no se haya perfeccionado formalmente el pago, y además, cuando ocurre o se realizan operaciones económicas a nivel interno o extenso que modifiquen o generen algún efecto en la estructura del ente contable como el cambio en sus recursos que puedan ser adecuadamente cuantificados.

 

Realización. Solo pueden reconocerse hechos económicos realizados. Se entiende que un hecho económico se ha realizado cuando quiera que pueda comprobarse que, como consecuencia de transacciones o eventos pasados, internos o externos, el ente económico tiene o tendrá un beneficio o un sacrificio económico, o ha experimentado un cambio en sus recursos, en uno y otro caso razonablemente cuantificables.         [Dec.2649,12° ]

 

Para medir el ingreso y establecer el cambio en el patrimonio de los accionistas se debe tener en cuenta dos condiciones:

 

q       Que se haya cumplido o que se esté virtualmente cumpliendo el ingreso.

 

q       Que éste haya sido el producto de un intercambio económico.

 

No debe darse efecto contable a los planes o eventos inconclusos en sus formalidades que por cualquier circunstancia no puedan considerarse plenamente realizados.

 

En las Guías de Auditoría  este principio se conoce como devengo o imputación y se conceptualiza así:

 

Imputación. Este concepto  requiere que se asocien con los ingresos los costos con ellos relacionados al determinar las ganancias netas de un ejercicio contable.  Si los ingresos se difieren al futuro, los costos conexos también deben diferirse.   Frecuentemente es necesario estimar ingresos y/o costos para lograr una apropiada imputación. Cuando se completa el proceso de devengar los ingresos y ha ocurrido un intercambio (una transacción) entre las partes puede entonces registrarse el ingreso (reconocerse en libros), ya que su realización parece asegurada (suponiendo que no hay dudas en cuanto a la cobranza). Es decir, los deben devengarse antes de ser reconocidos (registrados en libros)

Cuando se les mide apropiadamente y se les reconoce de conformidad con los PCGA, los ingresos causan un aumento bruto en el activo o una disminución del pasivo o una combinación de ambas posibilidades; los gastos tienen efecto opuesto. [Bailey, 1999]

 

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